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Calculadora de sueldo líquido y liquidación de sueldo (2026)

AFP · Salud · Seguro de cesantía · Impuesto único · Reforma de pensiones · SIS · Mutual

Escriba el sueldo y vea el líquido del trabajador, cada descuento legal y cuánto le cuesta a la empresa con los aportes del empleador de la reforma de pensiones. También calcula al revés: el sueldo base que deja un líquido. Usa los valores vigentes en Chile en noviembre de 2026, cada uno con su fuente oficial.

Gratis y sin registrarse. El cálculo se hace en su navegador: lo que escribe no se envía a ningún servidor. Valores revisados el 7 de noviembre de 2026.

Calcule el sueldo líquido

El cálculo se hace en su navegador: los montos que escribe no se envían ni se guardan.

Calcular a partir de

El ingreso mínimo es $553.553 desde el 1 de mayo de 2026.

Gratificación legal (art. 50)

Horas extra, bonos y comisiones del mes.

Colación y movilización.

10% obligatorio más la comisión de la AFP.

Salud
Más opciones: asignación familiar y mutual

Según el ingreso promedio del trabajador en el semestre anterior.

0% en comercio y servicios. Su tasa está en la resolución de su mutual o del ISL. La básica (0,90% + 0,03% SANNA) ya va incluida.

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Resultado de noviembre de 2026

Líquido a pagar $560.195

Costo total para la empresa $739.201

Liquidación de sueldo
ConceptoTasaMonto
Haberes
Sueldo base$553.553
Gratificación legal25%$138.388
Total imponible$691.941
Total haberes$691.941
Descuentos legales
AFP Capital11,44%−$79.158
Salud Fonasa7%−$48.436
Seguro de cesantía0,6%−$4.152
Impuesto únicoexento$0
Total descuentos−$131.746
Líquido a pagar$560.195
Costo para la empresa
ConceptoTasaMonto
Remuneración bruta$691.941
Aportes del empleador (no se descuentan al trabajador)
Seguro de cesantía (empleador)2,4%$16.607
SIS (invalidez y sobrevivencia)1,78%$12.317
Mutual (Ley 16.744 + SANNA)0,93%$6.435
Cuenta individual AFP0,1%$692
Compensación por expectativa de vida0,72%$4.982
Rentabilidad protegida0,9%$6.227
Total aportes del empleador$47.260
Costo total para la empresa$739.201
  • Base tributable: $560.195 (7,73 UTM). Hasta 13,5 UTM ($977.940) no se paga impuesto único.

Cálculo referencial. No incluye horas extra calculadas por hora, APV, préstamos, cuota sindical, trabajo pesado, licencias médicas ni días no trabajados. Antes de pagar, corrobore los valores vigentes en Previred y el SII, o con su contador.

Ejemplos de noviembre de 2026

Contrato indefinido, AFP Capital y Fonasa, sin gratificación ni otros haberes. Los descuentos son AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único; los aportes del empleador, seguro de cesantía, reforma de pensiones (con el SIS) y mutual de 0,93%.

Sueldo imponibleDescuentos del trabajadorLíquidoAportes del empleadorCosto total
$553.553 (ingreso mínimo)$105.396$448.157$37.808$591.361
$1.000.000$190.400$809.600$68.300$1.068.300
$2.000.000$406.450$1.593.550$136.600$2.136.600
$5.000.000$967.827$4.032.173$284.454$5.284.454

Con gratificación legal, el sueldo mínimo suma $138.388 de gratificación: el trabajador recibe $560.195 líquidos y el costo total para la empresa es $739.201. Sobre $3.712.287 (90 UF) los descuentos y aportes se calculan sobre el tope.

Cómo se calcula el sueldo líquido

1. Haberes imponibles y no imponibles
El sueldo base, la gratificación, las horas extra, los bonos y las comisiones son imponibles: sobre ellos se calculan las cotizaciones y el impuesto. La colación, la movilización y la asignación familiar no son remuneración: se suman al líquido, pero no pagan cotizaciones (art. 41 del Código del Trabajo). Fuente: Código del Trabajo (BCN).
2. Gratificación legal
La forma más usada es pagar cada mes el 25% de lo ganado por remuneraciones, con un tope de 4,75 ingresos mínimos al año: $219.115 al mes con el ingreso mínimo de $553.553. Es obligatoria para las empresas con fines de lucro que llevan contabilidad y tienen utilidades; si tiene dudas, confírmelo con su contador. Fuente: Código del Trabajo (BCN) · Dirección del Trabajo, gratificación.
3. AFP
10% obligatorio para la cuenta del trabajador más la comisión de su AFP, de 0,46% a 1,45%, sobre la remuneración imponible con tope de 90 UF. Un pensionado que sigue trabajando puede eximirse de cotizar para pensión. Fuente: Superintendencia de Pensiones, cotización obligatoria · Superintendencia de Pensiones, comisiones y SIS.
4. Salud
Fonasa: 7% con tope de 90 UF, o sea, como máximo 6,3 UF al mes. Isapre: el mayor entre ese 7% y el precio del plan pactado en UF. Para el impuesto se rebaja como máximo el 7% del tope, aunque el plan cueste más. Fuente: Superintendencia de Salud, cotización legal · SII, cotización adicional de salud.
5. Seguro de cesantía
Contrato indefinido: el trabajador paga 0,6% y el empleador 2,4%. Plazo fijo o por obra: el trabajador nada y el empleador 3%. Indefinido con 11 años o más en la empresa: el trabajador nada y el empleador 0,8%. Tiene su propio tope de 135,2 UF. Los pensionados no cotizan, salvo los de invalidez parcial y los trabajadores de casa particular. Fuente: AFC, cotizaciones del seguro de cesantía · Ley 19.728, art. 2 (BCN).
6. Impuesto único de segunda categoría
La base tributable es la remuneración imponible menos AFP, salud (hasta 6,3 UF) y seguro de cesantía del trabajador. Si pasa de 13,5 UTM ($977.940 en noviembre de 2026), se multiplica por el factor de su tramo y se resta la cantidad a rebajar de la tabla del SII. Fuente: SII, impuesto único 2026.
7. Líquido a pagar
Es el total de haberes menos los descuentos legales. Si hay préstamos, APV, cuota sindical o pensión de alimentos, también se descuentan; los descuentos pactados no pueden pasar del 15% de la remuneración (art. 58 del Código del Trabajo). Esta calculadora no los incluye. Fuente: Código del Trabajo (BCN).

Si el contrato termina, la calculadora de finiquito calcula la indemnización por años de servicio, el aviso previo y las vacaciones pendientes y proporcionales.

Aportes del empleador en 2026

Además del sueldo, la empresa paga cotizaciones propias. No se descuentan al trabajador ni cambian su líquido, pero suman al costo de tenerlo contratado. Se pagan en Previred junto con las cotizaciones del trabajador.

Reforma de pensiones (Ley 21.735): 3,5%
Para las remuneraciones de agosto de 2026 a julio de 2027, sobre la remuneración imponible con tope de 90 UF: 0,1% a la cuenta individual del trabajador en su AFP, 0,9% de cotización con rentabilidad protegida y 2,5% de seguro social previsional, que incluye el SIS (1,78%) y la compensación por diferencias de expectativa de vida (0,72%). No se paga por quienes tienen 65 años o más ni por pensionados por vejez o invalidez total. Para la empresa es gasto aceptado. Fuente: Ley 21.735 (BCN) · Superintendencia de Pensiones, distribución del 3,5% · Previred, indicadores de octubre de 2026.
El SIS va dentro del 3,5%
Desde agosto de 2026 el seguro de invalidez y sobrevivencia (1,78%, igual para mujeres y hombres) es parte del seguro social previsional. Lo recauda el IPS y lo traspasa al Fondo Autónomo de Protección Previsional: no se suma aparte. Fuente: Superintendencia de Pensiones, comisiones y SIS · Superintendencia de Pensiones, distribución del 3,5%.
Rentabilidad protegida (0,9%)
Genera un Bono de Seguridad Previsional a nombre del trabajador: es suyo, no se puede embargar, tiene garantía del Estado y gana intereses según las tasas de mercado de los bonos de la Tesorería. Se le paga desde la edad legal de pensión, durante 240 meses. Sube a 1,5% en agosto de 2027. Fuente: Superintendencia de Pensiones, rentabilidad protegida.
Seguro de cesantía del empleador
2,4% en contrato indefinido (1,6% a la cuenta del trabajador y 0,8% al Fondo Solidario), 3,0% a plazo fijo o por obra y 0,8% con 11 años o más. Tope de 135,2 UF. Fuente: AFC, cotizaciones del seguro de cesantía.
Mutual o ISL (Ley 16.744)
Seguro de accidentes del trabajo: 0,90% básica más 0,03% de la Ley SANNA, más una cotización adicional según el riesgo de la actividad, que es 0% en comercio y servicios (peluquerías, centros de estética, hoteles, veterinarias, tiendas). Su tasa real está en la resolución de su mutual o del ISL y puede tener recargo. Tope de 90 UF. Fuente: Ley 16.744 (BCN) · D.S. 110 (BCN) · SUSESO, Ley SANNA.

En un contrato indefinido, sin cotización adicional de mutual, los aportes suman 6,83% de la remuneración imponible: 3,5% de la reforma, 2,4% de cesantía y 0,93% de mutual.

Cómo sube el aporte del empleador de la reforma
Remuneraciones desdeTotal del empleadorCuenta individual + rentabilidad protegida + seguro social (%)
ago-20251,0%0,1 + 0 + 0,9
ago-20263,5%0,1 + 0,9 + 2,5
ago-20274,25%0,25 + 1,5 + 2,5
ago-20285,0%1,0 + 1,5 + 2,5
ago-20295,7%1,7 + 1,5 + 2,5
ago-20306,4%2,4 + 1,5 + 2,5
ago-20317,1%3,1 + 1,5 + 2,5
ago-20327,8%3,8 + 1,5 + 2,5
ago-20338,5%4,5 + 1,5 + 2,5

Cada tasa rige de agosto a julio del año siguiente; la última, desde agosto de 2033 en adelante. Hasta julio de 2026 el SIS se pagaba aparte del 1%; desde agosto de 2026 va dentro del seguro social. Ley 21.735, artículo cuarto transitorio. La ley prevé un calendario más lento desde agosto de 2029 si Hacienda lo activa por decreto; no cambia 2026. Fuente: Ley 21.735 (BCN) · Superintendencia de Pensiones, distribución del 3,5%.

Valores de noviembre de 2026 y sus fuentes

Revisados el 7 de noviembre de 2026. La UF cambia cada día, la UTM cada mes y las AFP pueden cambiar su comisión con aviso previo: actualizamos esta página cada mes. Es una herramienta referencial; antes de pagar, corrobore los valores vigentes en Previred y el SII.

Indicadores y tasas
ConceptoValorFuente
Tope imponible de AFP, salud, reforma y mutual90 UF ($3.712.287)Superintendencia de Pensiones, topes 2026 · Previred, indicadores de octubre de 2026 · SII, UF 2026
Tope imponible del seguro de cesantía135,2 UF ($5.576.680)Superintendencia de Pensiones, topes 2026 · AFC, cotizaciones del seguro de cesantía · SII, UF 2026
Ingreso mínimo mensual (18 a 65 años)$553.553 desde el 1 de mayo de 2026Ley 21.830 (Diario Oficial)
Tope mensual de la gratificación legal$219.115 (4,75 × $553.553 / 12)Código del Trabajo (BCN) · Dirección del Trabajo, gratificación
Salud Fonasa7%, como máximo 6,3 UFSuperintendencia de Salud, cotización legal
Seguro de cesantía, indefinidoTrabajador 0,6% · empleador 2,4%AFC, cotizaciones del seguro de cesantía
Seguro de cesantía, plazo fijo o por obraTrabajador 0% · empleador 3,0%AFC, cotizaciones del seguro de cesantía
Seguro de cesantía, indefinido con 11 años o másTrabajador 0% · empleador 0,8%AFC, cotizaciones del seguro de cesantía
Aporte del empleador, Ley 21.735 (ago-2026 a jul-2027)3,5% = 0,1% + 0,9% + 2,5% (SIS 1,78% y expectativa de vida 0,72%)Ley 21.735 (BCN) · Superintendencia de Pensiones, distribución del 3,5% · Previred, indicadores de octubre de 2026
Mutual (Ley 16.744 y Ley SANNA)0,90% + 0,03% + adicional según riesgo (0% en comercio y servicios)Ley 16.744 (BCN) · SUSESO, Ley SANNA · D.S. 110 (BCN)
Comisiones de las AFP
AFPComisiónTotal que se descuenta
Capital1,44%11,44%
Cuprum1,44%11,44%
Habitat1,27%11,27%
Modelo0,58%10,58%
PlanVital1,16%11,16%
ProVida1,45%11,45%
Uno0,46%10,46%

El total es 10% obligatorio más la comisión, sobre la remuneración imponible con tope de 90 UF. Fuente: Superintendencia de Pensiones, comisiones y SIS · Previred, indicadores de octubre de 2026.

Impuesto único de segunda categoría (tabla mensual)
Base tributable (UTM)FactorRebaja (UTM)Hasta, noviembreHasta, diciembre
Hasta 13,5Exento—$977.940$982.827
13,5 a 300,040,54$2.173.200$2.184.060
30 a 500,081,74$3.622.000$3.640.100
50 a 700,1354,49$5.070.800$5.096.140
70 a 900,2311,14$6.519.600$6.552.180
90 a 1200,30417,80$8.692.800$8.736.240
120 a 3100,3523,32$22.456.400$22.568.620
Más de 3100,4038,82y másy más

Impuesto = base tributable × factor − rebaja × UTM del mes. El SII publica la tabla en pesos cada mes; en UTM no cambia. Fuente: SII, impuesto único 2026 · SII, UTM 2026.

Asignación familiar desde el 1 de mayo de 2026
TramoIngreso del trabajadorMonto por carga
AHasta $649.039$22.601
B$649.040 a $947.990$13.870
C$947.991 a $1.478.539$4.382
DDesde $1.478.540Sin asignación

No es imponible. El empleador la paga con el sueldo y la descuenta de lo que paga en Previred, así que no es costo para la empresa. Los montos se reajustan el 1 de enero de 2027. Fuente: Ley 21.830 (Diario Oficial) · SUSESO, asignación familiar.

La liquidación en las apps de Grupo Clic

Las apps de Grupo Clic hacen esta liquidación con firmas y la llevan a Gastos. Desde la ficha de cada persona de su equipo calculan lo mismo que esta página, la imprimen en PDF con el nombre y el RUT de su negocio, la recepción conforme y las dos firmas, y al registrar el pago el costo total queda en Gastos. Está en el plan Enterprise y en la prueba de 30 días gratis, sin tarjeta.

ClicAs
Para negocios que atienden con hora: estética, peluquería, barbería, spa, tatuajes, manicure, cejas y pestañas. La liquidación sale desde la ficha de cada profesional y suma sus comisiones del mes.Ver ClicAs, funciones y preciosVer cómo funciona, sin crear cuentaRecorrido en video
Clic Hotel
Para hoteles, hostales, cabañas y camping. La liquidación sale desde la ficha de cada trabajador, en Personal.Ver Clic Hotel, funciones y preciosVer cómo funciona, sin crear cuentaRecorrido en video
ClicVet
Para clínicas veterinarias y peluquería canina. La liquidación sale desde la ficha de cada integrante del equipo, en Veterinarios.Ver ClicVet, funciones y preciosVer cómo funciona, sin crear cuentaRecorrido en video

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el sueldo líquido?
Se suman los haberes imponibles (sueldo base, gratificación, horas extra, bonos y comisiones) y se les restan los descuentos legales del trabajador: AFP (10% más la comisión de su AFP, de 0,46% a 1,45%), salud (7% en Fonasa; en Isapre, el mayor entre ese 7% y el plan pactado), seguro de cesantía (0,6% en contrato indefinido; nada en contrato a plazo fijo o por obra) e impuesto único, que se paga solo si la base tributable pasa de 13,5 UTM. Al resultado se suman los haberes no imponibles, como colación y movilización. Con el ingreso mínimo de $553.553, contrato indefinido, AFP Capital y Fonasa, sin gratificación, el sueldo líquido es $448.157 en noviembre de 2026.
¿Qué diferencia hay entre sueldo bruto y sueldo líquido?
El sueldo bruto es el total de haberes del mes, antes de descuentos. El sueldo líquido es lo que recibe el trabajador después de los descuentos legales (AFP, salud, seguro de cesantía e impuesto único) y de los descuentos que haya autorizado, como un préstamo o un ahorro voluntario. El costo para la empresa es otra cifra: el bruto más los aportes del empleador, que no se descuentan al trabajador.
¿Cómo se calcula el sueldo bruto a partir del líquido?
En la calculadora, elija «El líquido que quiero pagar» y escriba el monto: la página busca el sueldo base que, con las mismas opciones de gratificación, AFP, salud y contrato, deja ese líquido, y muestra la liquidación completa y el costo para la empresa. Sirve para pactar un sueldo líquido y saber qué sueldo base escribir en el contrato.
¿Cuánto es el aporte del empleador en 2026?
Para las remuneraciones de agosto de 2026 a julio de 2027, el empleador paga 3,5% de la remuneración imponible (tope de 90 UF) por la reforma de pensiones, Ley 21.735: 0,1% a la cuenta individual, 0,9% de rentabilidad protegida y 2,5% de seguro social, que incluye el SIS. A eso se suman el seguro de cesantía del empleador (2,4% en contrato indefinido y 3% a plazo fijo) y la mutual (0,93% como mínimo). En un contrato indefinido son 6,83% en total. Desde agosto de 2027 la reforma sube a 4,25%.
¿El SIS lo paga el empleador?
Sí. Desde agosto de 2026 el seguro de invalidez y sobrevivencia (1,78%) va dentro del 3,5% que paga el empleador: no se suma aparte ni se descuenta al trabajador. Lo recauda el IPS y lo traspasa al Fondo Autónomo de Protección Previsional.
¿Cuánto cuesta un trabajador con sueldo mínimo?
Con el ingreso mínimo de $553.553, contrato indefinido, AFP Capital y Fonasa, sin gratificación: los aportes del empleador son $37.808 y el costo total es $591.361 al mes; el trabajador recibe $448.157 líquidos. Si además se paga la gratificación legal mensual ($138.388), el costo sube a $739.201 y el líquido a $560.195. Son valores de noviembre de 2026.
¿Qué es la rentabilidad protegida?
Es el 0,9% del aporte del empleador que, desde agosto de 2026, va a la cotización con rentabilidad protegida. Genera un Bono de Seguridad Previsional a nombre del trabajador, con garantía del Estado e intereses según las tasas de mercado de los bonos de la Tesorería, que se le paga desde la edad legal de pensión durante 240 meses. Sube a 1,5% en agosto de 2027.
¿Los aportes del empleador se descuentan del sueldo?
No. Los paga la empresa además del sueldo: no aparecen como descuento en la liquidación ni cambian el líquido del trabajador. Sí suman al costo total de tenerlo contratado y se pagan en Previred junto con las cotizaciones.
¿Cuál es el tope imponible en 2026?
90 UF al mes para AFP, salud, el aporte de la reforma y la mutual, y 135,2 UF para el seguro de cesantía, desde las remuneraciones de febrero de 2026. En pesos son $3.712.287 y $5.576.680.
¿Desde qué sueldo se paga impuesto único?
Cuando la base tributable (remuneración imponible menos AFP, salud y seguro de cesantía) pasa de 13,5 UTM: $977.940 en noviembre de 2026 y $982.827 en diciembre. Con AFP Capital, Fonasa y contrato indefinido, eso es desde unos $1.208.000 de remuneración imponible en noviembre.
¿Cómo se calcula la gratificación legal?
La forma más usada es pagar cada mes el 25% de lo ganado por remuneraciones (sueldo, comisiones y otros haberes imponibles), con un tope de 4,75 ingresos mínimos al año: $219.115 al mes en 2026. Es obligatoria para las empresas con fines de lucro que llevan contabilidad y tienen utilidades (art. 50 del Código del Trabajo).

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